viernes, 17 de abril de 2009

SE APOYA EN LA LEY DE TRASTORNOS ALIMENTARIOS Ordenan a una prepaga cubrir una cirugía de by pass gástrico
La decisión se apoya en la ley de trastornos alimentarios, que aún no fue reglamentada.Por: Sibila Camps
Al ser la obesidad una enfermedad, discriminar a quienes la padecen significa una afectación a "derechos humanos y sociales fundamentales, como son la vida y la salud". Con ese fundamento, el juez en lo civil Miguel Prada Errecart ordenó a una empresa de medicina prepaga a cubrir una cirugía bariátrica (by pass gástrico) a una afiliada.
Se trata de una mujer joven que sufre de obesidad mórbida, para cuyo tratamiento se le prescribió la intervención. El 4 de enero de 2008 presentó toda la documentación en la sucursal San Isidro de la empresa Galeno. Pero la prepaga le negó la cobertura argumentando que no estaba contemplada en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
El juez aludió a la ley 26.396 de trastornos alimentarios –promulgada el 2 de septiembre de 2008, pero aún sin reglamentar–, que incluye en el PMO "los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaria e integral de las enfermedades".
La norma fue impulsada por los diputados Juan Acuña Kunz y Vilma Baragiola quien, paradójicamente, en octubre pasado debió ser operada cuatro veces en tres días a partir de una cirugía bariátrica.
La ley destaca que la negativa a prestar esos servicios "será considerada acto discriminatorio". Prada Errecart citó "el corolario en la obra teatral Gorda, en la que se refleja, con un agudo análisis, la influencia del medio social en las relaciones con personas obesas y una posible discriminación hacia las mismas".
"Corresponde asegurar a todos los hombres el derecho a la salud, pues hace a su dignidad como tales, especialmente a quienes padecen enfermedades", destacó el juez. Y recordó además que la ley 24.901 exige a obras sociales y prepagas la cobertura de prestaciones de rehabilitación, las que deben procurar "la recuperación de todas o la mayor parte posible de las capacidades sensoriales, mentales y/o viscerales, alteradas total o parcialmente por afecciones, sean éstas de origen congénito o adquirido".
Este es al menos el segundo fallo que obliga a Galeno a cubrir una cirugía bariátrica. Hubo un antecedente en Rosario, hace dos años. Esta vez, la empresa se avino a cumplir la sentencia sin apelar.
Si bien la ley otorga un plazo de 90 días para su reglamentación, ésta aún no se ha concretado. La presidenta de la Sociedad Argentina de Obesidad y Trastornos Alimentarios, Rosa Labanca, explicó a Clarín que el avance es lento porque en las discusiones participa un grupo grande y heterogéneo, con representantes de las sociedades científicas, las prepagas, las obras sociales, los ministerios de Salud y de Educación, y la industria alimenticia.
"Ya se han realizado cinco reuniones, y hay acuerdos que se están cerrando –comentó Labanca–. Pienso que la reglamentación va a salir antes de fin de año".

www.clarin.com.ar

No hay comentarios: